El Matrimonio Islámico: El Rol del Tutor, Iyyab, Qubul y la Dote

Al-lah (Dios) en el Islam
Pregunta: El Matrimonio Islámico: El Rol del Tutor, Iyyab, Qubul y la Dote ¿Puede una mujer expresar personalmente la oferta y la aceptación (iyyab y qubul) durante su matrimonio y es obligatorio mencionar la dote (mahr) en el momento del anuncio?

Respuesta:

Su Santidad Huzur-e-Anwar ATBA respondió detalladamente de la siguiente manera:

Al-lah el Todopoderoso, en el Sagrado Corán, al ordenar que los hombres musulmanes contraigan matrimonio con mujeres creyentes y que las mujeres musulmanas se casen con hombres creyentes, encomienda a los tutores (awliyaʾ) de las mujeres la responsabilidad de formalizar su matrimonio. Por ello, en el momento del anuncio del matrimonio, es el tutor de la mujer quien expresa, en su nombre, la oferta y la aceptación (iyyab y qubul).

El Mesías Prometido (as) afirmó: «La mujer no tiene autoridad para disolver por sí misma el vínculo matrimonial, del mismo modo que tampoco tiene autoridad para celebrarlo por sí sola. Puede obtener la disolución del matrimonio por medio de la autoridad competente, así como puede contraer matrimonio por medio de su tutor.» (Arya Dharam, p. 32)

En cuanto a la mención de la dote (mahr) durante el anuncio del matrimonio, ello no es obligatorio, ya que, conforme a las enseñanzas del Sagrado Corán (Sura Al-Baqarah, 237), el matrimonio puede celebrarse incluso sin que el mahr haya sido previamente fijado.

(Al Fazl International, parte núm. 11, 12 de marzo de 2021, p. 11).

AUTORÍA Y COMPILACIÓN DOCTRINARIA
Su Santidad Hazrat Mirza Masroor Ahmad (aba), Quinto Jalifa del Mesías Prometido y Cabeza Mundial de la Comunidad Musulmana Ahmadía.

Traducción: Malik Tariq Mahmood (Misionero de la Comunidad Musulmana Ahmadía) bajo la dirección del Spanish Desk.

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